La industria italiana del cáñamo ha recibido un nuevo golpe esta semana: el Tribunal Administrativo Regional (TAR) ha rechazado un recurso que declaraba que el aceite de CBD es un estupefaciente.
Esta decisión se produce pocos días después de la aprobación de urgencia del artículo 18 del proyecto de ley de seguridad italiano, que equipara las flores de cáñamo al Cannabis con un alto contenido en THC, diezmando así la industria italiana del cáñamo.
La única medida de apaciguamiento tras esta brutal represión fue que sólo se prohibieron los aceites de CBD obtenidos a partir de flores, por lo que los extraídos de hojas o tallos siguieron siendo legales y podían venderse sin receta.
Sin embargo, con este último revés del Tribunal, que ha rechazado en dos ocasiones este argumento por falta de pruebas científicas, la restricción se aplica ahora a todas las composiciones orales de CBD extraídas de la planta de Cannabis, ya proceda el extracto de las flores, hojas o tallos – pero no al CBD sintético.
Cronología de la prohibición del aceite de CBD
- 2020: El decreto inicial que clasifica el CBD oral como estupefaciente es presentado por el entonces ministro de Sanidad, Roberto Speranza. Sin embargo, se suspende inmediatamente, a la espera de la opinión de las autoridades científicas, el Consejo Superior de Sanidad y el Istituto Superiore di Sanità (ISS), y nunca llega a aplicarse
- Agosto de 2023: bajo el nuevo gobierno dirigido por el ministro Orazio Schillaci, se restablece el decreto de 2020 sin más dictamen de los organismos sanitarios competentes. Esta decisión dio lugar inmediatamente a recursos judiciales
- Octubre de 2023: el TAR emitió una decisión bloqueando la aplicación del decreto, citando la falta de evidencia científica de apoyo y reforzando el argumento de que el CBD no es psicotrópico
- 27 de junio de 2024: El Ministerio de Sanidad volvió a publicar el decreto, ahora apoyado en nuevos dictámenes del ISS y el CSS, afirmando que el CBD oral puede presentar riesgos para la salud, en particular debido a su potencial interacción con el THC.
- 11 de septiembre y 24 de octubre de 2024: El TAR vuelve a suspender el decreto, citando un informe científico del profesor Costantino Ciallella, ex director de medicina forense de la Universidad La Sapienza, que concluye que el CBD no causa dependencia psicofísica y no tiene efectos psicotrópicos
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Cancelación judicial
En una sentencia dictada el 16 de abril de 2025, el TAR desestima definitivamente el recurso interpuesto por las asociaciones del sector del cáñamo Canapa Sativa Italia, Giantec S.r.l., Biochimica Galloppa S.r.l. y Orti Castello.
Tras esta decisión, Italia prohibió de hecho la venta de productos a base de CBD destinados a ser ingeridos como alimentos o suplementos dietéticos, limitándolos a medicamentos sujetos a prescripción médica, asestando un golpe fatal a una industria ya de rodillas.
En su recurso contra el decreto, dictado el 27 de junio de 2024, las asociaciones habían alegado que esta clasificación era injustificada, perjudicial para la economía y carente de toda base científica.
Sin embargo, tras rechazar dos veces el proyecto, el tribunal se puso de parte del ministerio, aceptando su aplicación del principio de cautela, una doctrina jurídica europea que autoriza la regulación preventiva en caso de incertidumbre científica sobre los riesgos potenciales para la salud.
El Ministerio basó su decisión en las evaluaciones del Instituto Nacional de la Salud (ISS) y el Consejo Superior de Sanidad (CSS) de Italia, que expresaron su preocupación por la seguridad y la supervisión reglamentaria de los productos con CBD derivados de extractos de plantas.
Estas preocupaciones incluían el riesgo de toxicidad hepática, efectos secundarios psiquiátricos, contaminación por THC o cannabinoides sintéticos y discrepancias en el etiquetado de los productos.
El tribunal subrayó que esta decisión no equivale a clasificar el CBD puro como estupefaciente y no afecta a los productos que contienen CBD sintético.
«Dados los riesgos inciertos pero creíbles para la salud pública, la intervención reguladora preventiva está justificada», escribieron los jueces, citando el deber del Departamento de proteger a los consumidores incluso en ausencia de un consenso científico definitivo.
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