España habrá visto por fin el cannabis medicinal antes que Francia. Tras la validación el pasado mes de octubre del real decreto que autoriza el cannabis medicinal, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) acaba de publicar el marco que establece las normas de indicación, dosificación, administración y seguimiento del cannabis medicinal.
Cuatro indicaciones y administración oral estricta
Según la monografía de la AEMPS, el cannabis medicinal sólo podrá prescribirse en España para cuatro indicaciones: dolor crónico, espasticidad asociada a la esclerosis múltiple, formas graves de epilepsia y náuseas y vómitos relacionados con la quimioterapia.
Según Público, «el cannabis medicinal se administrará en España por vía oral, en dosis determinadas por el médico para cada paciente, que en ningún caso podrán superar los 32 miligramos al día, e inicialmente sólo para cuatro indicaciones».
La decisión de restringir la administración a soluciones orales excluye las flores y las formas inhaladas, una elección justificada por las autoridades como medio para estandarizar la dosis y reducir la variabilidad. Las prescripciones también están restringidas a los médicos especialistas, lo que refuerza una vía médica muy controlada.
Dosificación individualizada y límites del THC
Dada la escasez de datos clínicos disponibles, la AEMPS ha optado por un enfoque individualizado de la dosificación. Los médicos tienen instrucciones de empezar con la dosis más baja posible y aumentarla gradualmente hasta que se observen efectos terapéuticos.
La monografía establece un límite máximo estricto: no más de 32,4 miligramos de THC o 25 miligramos de CBD al día. El uso pediátrico es aún más restrictivo, con dosis de THC limitadas a 10 miligramos para las náuseas relacionadas con la quimioterapia y sólo 0,6 miligramos para otras indicaciones. Las autoridades sanitarias también recomiendan fórmulas con predominio de CBD siempre que sea posible, debido a la preocupación por el impacto del THC en el desarrollo neurocognitivo.
Según se indica, «debido a la falta de datos para establecer una recomendación posológica, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha determinado que las dosis deben ser individualizadas para cada paciente».
Seguridad, contraindicaciones y monitorización
La monografía detalla un amplio abanico de precauciones. Se aconseja a los pacientes que no conduzcan ni manejen maquinaria hasta que comprendan cómo les afecta el tratamiento, ya que los mareos y la somnolencia son efectos secundarios frecuentes. Se recomienda especial precaución a las personas con trastornos cardiovasculares, ya que los preparados a base de cannabis pueden provocar hipotensión, hipertensión o taquicardia.
Las contraindicaciones incluyen el embarazo, la lactancia, la hipersensibilidad a los componentes de la formulación y antecedentes personales o familiares de trastornos psicóticos. También se destacan las interacciones con benzodiacepinas y alcohol, con advertencias sobre efectos sedantes aditivos y alteraciones de la coordinación.
El seguimiento del tratamiento es una responsabilidad compartida entre los médicos prescriptores y los servicios de farmacia de los hospitales, que deben evaluar periódicamente la eficacia y los efectos adversos.
Una apertura limitada para un gran país productor
A pesar de este avance normativo, la industria española del cannabis medicinal sigue orientada en gran medida a la exportación. Según Cannamonitor, el país cuenta con alrededor de 70 empresas de cannabis medicinal, con 147 millones de euros invertidos y 34 millones de euros en ventas registradas en 2023. Solo en 2025 se exportaron más de ocho toneladas de flores de cannabis, principalmente a Alemania y Reino Unido.
Los representantes de la industria afirman que el nuevo marco sólo beneficia a una pequeña parte del sector. Los miembros de la Asociación Española de Empresas de Cannabis Medicinal (AECAME) estiman que hasta el 90 % de las empresas siguen excluidas debido a las restricciones sobre formatos, recetas y canales de distribución.
Sin embargo, el Ministerio de Sanidad insiste en que la normativa está pensada para evolucionar. «La norma responde a la necesidad de ofrecer una alternativa terapéutica en aquellos casos en los que los tratamientos convencionales resultan ineficaces», dijo al anunciar el decreto.
Para los pacientes, este cambio supone un prudente avance. Para el ecosistema cannábico español, es un primer paso estrictamente controlado hacia un mercado médico nacional que existe desde hace tiempo en teoría, pero aún no en la práctica.
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