El Tribunal Administrativo Regional (TAR) de Lacio , región italiana, ha anulado el decreto sobre plantas medicinales que limitaba la producción de cáñamo a semillas y fibras. Esta decisión autoriza el uso efectivo de toda la planta de cáñamo en Italia.
«La legislación nacional de cada Estado miembro sólo podrá restringir el uso de partes de la planta si tal restricción es estrictamente necesaria para proteger el derecho a la salud pública», reza la decisión.
El abogado Giacomo Bulleri, que defendió el caso, lo comentó para CanapaIndustriale: «En otras palabras, en casos como el que nos ocupa, es necesario que la Administración explique adecuadamente los requisitos prioritarios de protección de la salud y precaución, aportando datos científicos que demuestren la existencia real de un riesgo derivado del cultivo de plantas de cáñamo en su totalidad (es decir, semillas, derivados de semillas, hojas e inflorescencias de las que se ha extraído resina)».
Ahora que el decreto ha sido anulado, los ministerios competentes tendrán que reelaborar el texto. Mientras tanto, la prohibición de vender cáñamo como hierba medicinal o de registrarlo como producto para fumar ha quedado técnicamente sin efecto.
No obstante, se necesitarán medidas de protección para proteger el sector y trabajar totalmente dentro de la legalidad.
«La satisfacción ha sido hacer comprender por primera vez a un tribunal cuál es el sistema de regulación del cáñamo, que el TAR ha demostrado haber comprendido con un laudo que coincide sustancialmente con el del Conseil d’Etat francés», subraya Bulleri en Canapaindustriale.
El TAR citó expresamente tanto la reciente decisión del Consejo de Estado francés, que legalizó de hecho el comercio de CBD y cannabis light en Francia, como la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, que subrayó que los productos legales de CBD de un Estado miembro deben poder circular libremente por toda Europa.
En cuanto al hecho de que el cáñamo pueda utilizarse en su totalidad, escribe: «No es posible deducir ninguna distinción entre las partes de la planta de cáñamo que se cultivan libremente, de conformidad con la citada ley n. 242/2016, que pueden ser utilizadas para los fines establecidos por la propia ley. De hecho, la disciplina sectorial de origen internacional y comunitario especifica que el criterio discrecional para establecer el libre cultivo del cáñamo reside en el tipo de planta, considerada en su conjunto».
Los ministerios que intentaban restringir el uso de las flores de cáñamo también habían invocado el «principio de cautela», sin aportar sin embargo ninguna prueba que avalara la incertidumbre científica que rodea la seguridad de las hojas y flores de cáñamo.