Tras varios años de espera, el Ministerio de Salud de Panamá (MINSA), a través de la Dirección Nacional de Farmacia y Medicamentos (DGFD), publicó la Resolución nº 372 el 26 de septiembre de 2025.
En ella se establecen las condiciones que permiten dispensar productos terminados a base de cannabis para uso terapéutico con excepción al clásico registro sanitario. Hacemos balance de su comercialización industrial en el país.
Un marco legal que quedó en el limbo durante mucho tiempo
En agosto de 2021, Panamá aprobó la ley 242, autorizando el uso medicinal del cannabis. Este avance, calificado en su momento como histórico para Centroamérica, pretendía que los pacientes pudieran beneficiarse de tratamientos basados en cannabinoides bajo supervisión médica. Sin embargo, a pesar del voto unánime a favor de la ley, su aplicación se ha hecho esperar. Durante varios años, las autoridades han luchado por definir el marco regulador y establecer las condiciones para el registro de productos.
En enero de 2024, el Gobierno había concedido licencias de fabricación a siete empresas panameñas. Pero sin una normativa clara para registrar y certificar los productos acabados, ninguna de ellas podía aún ponerlos en el mercado. La adopción de la nueva resolución cierra, pues, esta importante laguna del sistema.
Según la Resolución 372, los productos acabados que contengan tetrahidrocannabinol (THC) destinados exclusivamente a uso médico podrán beneficiarse de un procedimiento de excepción al registro sanitario tradicional. Para ello, los fabricantes tendrán que presentar ante la Dirección Nacional de Farmacia y Medicamentos (DGFD) un expediente completo en el que se especifique la composición del producto, su origen, el fabricante y los certificados de análisis sobre el contenido de cannabinoides.
Estos productos deberán dispensarse únicamente con receta médica, de acuerdo con las directrices del Programa Nacional de Uso de Cannabis Medicinal. El etiquetado y envasado, por su parte, tendrán que cumplir con la normativa sanitaria vigente para garantizar la trazabilidad y la seguridad del paciente.
Una fuerte señal para la industria panameña
Con esta resolución, Panamá da credibilidad a su intención de crear un marco industrial para el cannabis medicinal. Ya reconocido por su papel estratégico en el comercio internacional con el Canal de Panamá, el país espera ahora posicionarse como un futuro centro regional para la producción y distribución de productos de cannabis medicinal.
La modernización de la legislación sanitaria (incluida la Ley 419 de 1 de febrero de 2024 sobre el registro de productos sanitarios) ya había allanado el camino para una regulación más ágil en este sector.
Pero sigue habiendo retos: el sector está a la espera de que se establezcan todos los procedimientos operativos, de que se imparta la formación necesaria y de que los bancos y las compañías de seguros se comprometan con este nuevo sector. Estos factores aún se consideran inciertos…
Implantación muy esperada
Tanto para los actores del sector como para los pacientes, esta nueva fase se considera un punto de inflexión concreto. Tras cuatro años de espera, el marco jurídico y administrativo empieza por fin a materializarse. Queda por saber cuándo estarán disponibles en el mercado los primeros productos registrados y en qué condiciones podrán acceder a ellos los pacientes.
Si Panamá logra superar los obstáculos técnicos y financieros, podría convertirse en uno de los países más avanzados de Centroamérica en materia de cannabis terapéutico. Tras años de legislación, el país por fin está sentando las bases técnicas para que los productos terminados entren en el circuito comercial. Por fin se hace realidad la esperanza de un sector que ha estado esperando a emerger.