A finales de marzo, el Ministerio de Salud argentino anunció que las asociaciones podrán cultivar legalmente plantas de cannabis con fines médicos para sus miembros.
Una resolución publicada ahora en el Boletín Oficial permite incluir a las ONG en el Reprocann, el registro de usuarios y cultivadores gestionado por el Ministerio de Salud argentino, que estarán así autorizadas a producir cannabis legalmente.
Acceso más fácil al cannabis medicinal
Cinco años después de la aprobación de la Ley 27350, que legalizó el uso medicinal del cannabis en Argentina pero que, hasta el año pasado, no garantizaba el acceso a la sustancia, el Ministerio de Salud ha aceptado la petición del consejo asesor del Reprocann (formado por médicos, activistas, científicos y funcionarios nacionales) y ahora autoriza a las asociaciones a cultivar para un máximo de 150 pacientes.
Las organizaciones podrán cultivar en 15 metros cuadrados en diversos locales al aire libre y hasta 6 metros cuadrados en interiores por persona, siempre que estén debidamente autorizadas. Dentro de esta superficie, se podrá tener un máximo de nueve plantas con flores por usuario.
Los consumidores miembros de ONG también tendrán que registrarse en Reprocann y estar vinculados en la plataforma al médico que autoriza la indicación, así como a la organización correspondiente, en el papel de terceros productores.
Las normas aplicables a las organizaciones reflejan las establecidas para los consumidores individuales. Se trata de la misma zona de cultivo autorizada, el mismo número de plantas y la misma autorización para transportar flores o aceite dentro de Argentina: entre uno y seis frascos de 30 mililitros o hasta 40 gramos de flores secas. La novedad en este caso es que se ha incluido el permiso para viajar con plantas, siempre dentro de la cantidad autorizada por persona representada.
Uno de los debates internos que se produjeron en el seno del Consejo Consultivo sobre esta cuestión se refería precisamente al límite del número de pacientes por organización. Se acordó que el límite debería ser de 150, pero existe una ventana para que los grupos que superen este número (algunos ya lo hacen) obtengan un permiso administrativo del Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, dentro del Departamento de Sanidad.
Mamá Cultiva Argentina, una de las principales asociaciones que ya cultivaba cannabis para sus miembros, celebró la decisión: «Las ONG, que apoyamos la solicitud, podremos salir de la clandestinidad y sabemos que este éxito es fruto de nuestra lucha. Como siempre, es un paso adelante. No estamos satisfechos, la lucha es útil y vamos a buscar más, pero creemos que es un buen comienzo para que se reconozca nuestro trabajo, y el de todos estos años, con el riesgo de criminalización», dijo la representante de la organización, Valeria Salech.
Según estimaciones oficiales, 110.000 pacientes están inscritos en el registro nacional, y unos 55.000 ya han sido aprobados. Este registro no limita las patologías autorizadas, contrariamente a la letra inicial de la ley 27 350, sancionada a fines de marzo de 2017, que limitaba su uso -sin proponer formas de acceso- a pacientes con epilepsia refractaria. En este caso, solo basta con una indicación médica y la validación en la página de registro oficial del profesional sanitario.
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