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El Tribunal Supremo de México autoriza los alimentos con cannabis para consumo personal

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México legaliza el consumo personal de productos comestibles con cannabis
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación de México ha aclarado recientemente un aspecto de su «no regulación» del cannabis.

En una sentencia dictada el 10 de septiembre, el máximo tribunal del país dictaminó que una autorización para el consumo recreativo con fines personales puede incluir la preparación de alimentos a base de cannabis, siempre que estén destinados exclusivamente al titular de la autorización.

Esta resolución no legaliza la venta de productos comestibles a base de cannabis ni crea un mercado comercial. Más bien establece una distinción jurídica entre la preparación culinaria casera a base de cannabis para consumo personal y la fabricación de productos sujetos a normativas sanitarias específicas.

El uso del cannabis en la cocina se enmarca en la preparación personal

El caso tiene su origen en la solicitud de un particular que había solicitado a la Comisión Federal para la Protección contra los Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) una autorización para llevar a cabo actividades relacionadas con el autoconsumo recreativo de cannabis y THC.

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Tras un procedimiento judicial, la COFEPRIS concedió finalmente la autorización solicitada, pero prohibió al solicitante incorporar cannabis en varias categorías de productos, en particular los alimentos preparados y semipreparados.

El litigio se llevó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que rechazó esta restricción en lo que respecta a los alimentos de consumo habitual. Según la Corte, la incorporación de cannabis o de tetrahidrocannabinol (THC) en alimentos destinados al consumo propio constituye una actividad culinaria habitual. Por lo tanto, no equivale automáticamente a la fabricación de un producto sujeto a un régimen sanitario específico.

Por consiguiente, el Tribunal ordenó a la COFEPRIS que concediera una autorización que cubriera la incorporación de cannabis en alimentos preparados o semipreparados destinados exclusivamente al consumo personal del titular.

Según las actas de la sesión plenaria, la decisión se adoptó por siete votos a favor y dos en contra.

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Esta sentencia no legaliza la venta de productos comestibles

El alcance de la sentencia sigue estando estrictamente limitado. Una autorización personal no puede utilizarse para vender, distribuir o suministrar a terceros alimentos que contengan cannabis, ni para ofrecerlos al público.

El Tribunal también ha mantenido las restricciones relativas a los productos que ya están sujetos a controles sanitarios específicos. Se trata, en particular, de medicamentos, remedios a base de plantas, productos sanitarios, complementos alimenticios y cosméticos, así como de dispositivos de vapeo y productos similares.

Esta distinción es, por tanto, fundamental para comprender la decisión: México no ha legalizado un mercado comercial de productos comestibles a base de cannabis. La sentencia reconoce, más bien, que, para una persona a la que ya se le ha autorizado a consumir cannabis con fines recreativos, la preparación culinaria puede formar parte de las actividades amparadas por dicha autorización individual.

México sigue sin legalizar

La sentencia de septiembre marca una nueva etapa en un proceso de legalización moldeado en gran medida por el poder judicial mexicano, más que por una legislación global.

La SCJN ha impugnado por primera vez la prohibición absoluta del consumo recreativo de cannabis en 2015. Las sentencias posteriores han establecido progresivamente una protección constitucional para el uso personal por parte de los adultos, lo que culminó en 2021 con la invalidación de las disposiciones que impedían a las autoridades sanitarias conceder autorizaciones para actividades como el cultivo, la recolección, la preparación, la posesión y el transporte con fines de autoconsumo recreativo.

La comercialización y la distribución, en cambio, seguían quedando excluidas de dichas autorizaciones.

Cinco años después, la política mexicana en materia de cannabis sigue ocupando una posición jurídica intermedia poco habitual. Los adultos pueden ejercer ciertos derechos gracias a autorizaciones individuales, mientras que el Congreso aún no ha establecido el marco nacional global necesario para un mercado regulado destinado a los adultos.

Por lo tanto, la última sentencia no modifica de manera fundamental la legislación mexicana sobre el cannabis, sino que más bien aclara lo que puede abarcar el concepto existente de uso personal autorizado.

Aurélien creó Newsweed en 2015. Especialmente interesado en las normativas internacionales y los diferentes mercados del cannabis, también posee un amplio conocimiento de la planta y sus usos.

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