La Unión Europea ha aprobado nuevas normas para simplificar los controles de los cultivos de cáñamo.
Los controles sobre el cáñamo ganan en flexibilidad
El reglamento delegado (UE) 2026/177 de la Comisión modifica las normas que regulan la producción de cáñamo en el marco de la Política Agrícola Común (PAC). Adoptado en enero y publicado en marzo, este reglamento ya está en vigor y otorga a los Estados miembros un mayor margen de maniobra para organizar los controles de conformidad.
La Comisión Europea señala que la experiencia ha demostrado que los controles pueden simplificarse sin comprometer la fiabilidad de la verificación del THC. Por lo tanto, el nuevo marco ofrece a las autoridades nacionales una mayor flexibilidad en cuanto a los plazos de control de conformidad y autoriza índices de control más bajos con el fin de reducir los costes administrativos.
Los requisitos subyacentes no han desaparecido. Los pagos de la PAC por la producción de cáñamo siguen estando supeditados al uso de semillas certificadas admisibles y al cumplimiento del umbral de THC aplicable. Las autoridades también deben seguir registrando información detallada derivada de los controles de THC, en particular los resultados de los análisis, los procedimientos de muestreo, el número de pruebas y la proporción de la superficie declarada que ha sido inspeccionada.
En cuanto a los controles sobre el terreno, el reglamento establece unos porcentajes mínimos del 15 % de las superficies de cáñamo declaradas en el marco de un procedimiento único y del 10 % cuando un Estado miembro aplique un sistema de autorización previa. Esto ofrece mayor flexibilidad que un régimen de inspección uniforme, al tiempo que se mantienen unos umbrales de control definidos.
Sigue pendiente una reforma agrícola más amplia
Las disposiciones relativas al cáñamo no son más que una parte de un conjunto mucho más amplio de modificaciones introducidas en la normativa agrícola de la UE. El Reglamento n.º 2026/177 modifica asimismo las disposiciones relativas a las organizaciones de productores, las retiradas del mercado, los mecanismos de apoyo y los requisitos medioambientales relacionados con los pastos permanentes.
Varias de estas modificaciones se aplicarán a partir del 1 de enero de 2027, en un esfuerzo por simplificar la aplicación de la PAC.
En lo que respecta al cáñamo, sin embargo, el efecto más inmediato radica en la revisión del enfoque en materia de inspecciones. El Reglamento no modifica de forma sustancial las condiciones para la concesión de pagos en el marco de la PAC, pero sí cambia la forma en que los Estados miembros pueden verificar el cumplimiento.
El lugar del cáñamo en la PAC sigue siendo una cuestión aparte
Más allá del reglamento ya adoptado, el futuro del cáñamo en el marco de la política agrícola europea sigue siendo objeto de debate. Los debates en el seno del Consejo de la Unión Europea se centran en modificaciones de las normas de la organización común de mercados, que abarcan una amplia gama de cuestiones agrícolas, desde las normas de comercialización hasta las intervenciones en el mercado, pasando por los derechos de importación.
El posible impacto sobre el cáñamo dependerá de las negociaciones en las que participen el Consejo, el Parlamento Europeo y la Comisión Europea. Por lo tanto, en este momento no se puede llegar a ninguna conclusión definitiva.
Otra propuesta que se está estudiando en el Parlamento Europeo tendría por objeto reconocer las flores de cáñamo como productos agrícolas con derecho a recibir ayudas de la PAC. Esta iniciativa es independiente del Reglamento n.º 2026/177 y aún no se ha transpuesto al Derecho de la Unión Europea.
You must be logged in to post a comment Login